TRIBUNALES

Condenado el diario ABC por publicar que el juez Pamparacuatro falseó el caso Unión y estuvo investigado por ello

El periódico deberá publicar la sentencia e indemnizar con 30.000 euros al juez

El juez César Romero Pamparacuatro, en una conferencia. Foto: DIARIO DE LANZAROTE.
Saúl García 0 COMENTARIOS 22/02/2021 - 11:42

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Puerto de la Cruz ha condenado al diario ABC y al redactor Javier Chicote por un delito de intromisión ilegítima en el honor del magistrado César Romero Pamparacuatro, titular del Juzgado de Instrucción número 1 de La Laguna y actual decano de dicho partido judicial. El periódico deberá publicar el fallo e indemnizar con 30.000 euros al juez, de los que 27.000 los debe aportar el periodista.

Los hechos, sin embargo, tienen que ver con su actuación como instructor del caso Unión entre los años 2008 y 2010 en Arrecife, uno de los mayores casos de corrupción de Canarias, del que ya se han juzgado siete piezas con 24 condenas, muchas de ellas con penas de cárcel.

El caso dio lugar a varias denuncias paralelas por parte de los principales acusados. Una de esas investigaciones surgió a raíz de una denuncia interpuesta por uno de los principales acusados, Luis Lleó, en el Juzgado de instrucción 3 de Arrecife. Lleó, después de poner varias denuncias para intentar desmontar el caso, acabó reconociendo un delito de soborno por el que fue condenado.

Lleó denunció que en la instrucción de Unión, un caso donde hubo 56 detenidos y más cien imputados, había resoluciones firmadas en periodos de vacaciones del juez instructor, la notificación a funcionarios que el día de la notificación no estaban en Arrecife sino en Madrid, la utilización de un papel de oficio antiguo, etc., y que eso demostraba que el caso había sido “falseado”.

La condena a ABC se produce por un artículo publicado el 14 de diciembre de 2015, a dos páginas, cuyo titular era el siguiente: “Un juez, un secretario y dos guardias civiles falsearon el mayor caso de corrupción de Lanzarote” y, mientras que en la contraportada se afirmaba: “Investigan a un juez, un secretario y dos guardias civiles por falsear un caso de corrupción”. El fallo reconoce que el juez Romero Pamparacuatro nunca estuvo investigado por ese procedimiento por ningún delito.

La sentencia destaca que "la intromisión en el honor" del juez Pamparacuatro fue "ilegítima y desproporcionada"

El periodista y el diario ABC consideran que actuaron con la diligencia de contraste exigible y que basaron su artículo en la denuncia interpuesta por Lleó y un auto del juez Lis. Este juez, ya jubilado, por otra parte, fue sancionado con una suspensión de seis meses por no apartarse de una causa originada por otra denuncia de Lleó.

En la sentencia se señala que “se trata de un conflicto entre la libertad de información y el derecho al honor y no se discute el contenido de los artículos enjuiciados así como los titulares, el suelto y el anuncio, su interés general ni su autoría”. “Procede centrar la controversia en el requisito de la veracidad, y entendida esta como el deber que tiene el informador de contrastarla de forma diligente a fin de no comunicar simples rumores o meras invenciones”, destaca el fallo, que considera que la información no es veraz puesto que el juez nunca estuvo investigado mientras que se afirma eso mismo en la noticia.

"Grave desprestigio"

“Se trata de hechos que suponen un grave desprestigio profesional e incluso personal para el juez, que cuestionan su integridad moral y su capacidad profesional, y supone atribuirle la comisión de delitos y, por tanto, suponen una intromisión en su derecho al honor”, dice el fallo.

El periodista no contrastó la información con el juez o el gabinete de prensa del TSJC. “Resulta cuando menos desconcertante para este juzgador que el periodista demandado, doctor en Periodismo, profesor universitario y experto en temas de corrupción tal y como resulta acreditado documentalmente y él mismo reconoció en la vista, sostenga en parte de su artículo que el actor no puede ser investigado por el juez instructor que dictó el auto al que se ha hecho referencia pero al mismo tiempo afirme que el magistrado consideraba en su auto que había sobrados indicios que apuntan al menos a un delito continuado de falsedad en documento público por parte de los cuatro funcionarios investigados, lo cual incluye implícitamente al Juez aquí actor”, dice la sentencia. 

El magistrado, por su condición de aforado, no podía ser investigado en un Juzgado de instrucción pero “en modo alguno puede sostenerse ni que existiera investigación judicial alguna contra el actor, ni que de Auto alguno se desprendieran indicios de responsabilidad criminal contra el mismo”.

"La información no fue veraz"

“En este caso la conducta enjuiciada en las noticias elaboradas por el demandado (…)  no fue diligente, y por tanto la información no fue veraz en lo que concierne al calificar que está siendo investigado y que existen indicios contra él al atribuyendo trascendencia penal respecto de él de la de las irregularidades en las investigaciones judiciales en las que este había participado”, señala el fallo.

En  la sentencia se afirma que los términos “investigan, investigado o obrados indicios de responsabilidad de un delito de falsedad contra los cuatro funcionarios” no son meras imprecisiones sino que se usan “de forma desorbitada para recabar el interés de la noticia atribuyendo falsamente hechos al aquí actor con claro menoscabo a su prestigio profesional y personal, lo que supone un intromisión ilegítima en su derecho al honor”. No son errores circunstanciales, sino que esos términos afectaban a la esencia de lo informado.

“El demandado no actuó de forma diligente y que con los citados titulares, fundamentalmente se limitó a difundir simples rumores o invenciones que desacreditaban los procesos judiciales que se seguían sobre determinados casos de corrupción para lo cual difamó a quien participó en la investigación y la instrucción de tales casos. Al no ser veraces, puesto que no consta que el demandado actuara diligentemente para comprobar que sus afirmaciones se correspondían con la realidad, la intromisión en el honor del demandante es ilegítima y desproporcionada”, concluye la sentencia.

Uno de los mayores casos de corrupción

El magistrado César Romero Pamparacuatro fue el primero instructor del caso Unión, uno de los mayores casos de corrupción de Canarias, que afectó a políticos de diferentes partidos, técnicos muncipales y empresarios de relevancia. Es la segunda condena favorable que logar el juez, ya que el tribunal Supremo ratificó la condena al periodista Francisco J. Chavanel, al periódico Canarias 7 y al periódico Lancelot por lesionar su honor por informaciones muy similares sobre el mismo caso.

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