LANZAROTE

El Plan General de Yaiza y el litoral dependen ahora del acuerdo con Costas

El Gobierno de Canarias ya ha aprobado la ejecución de la sentencia que anula en parte el Plan General y pretende llegar a un acuerdo con el Ministerio para saber a qué suelos afecta el fallo

Saúl García 0 COMENTARIOS 13/10/2021 - 06:44

El nuevo Plan General de Yaiza se aprobó en 2014. Debía servir, sin que lo pareciera, para buscar una salida, un encaje, a los hoteles con licencias anuladas, ya que se tenía que iniciar de nuevo el proceso para comprobar si podían obtener licencias con la nueva planificación municipal, que incluía, gracias a dos leyes aprobadas por el Gobierno de Canarias, la posibilidad de convertir los excesos edificatorios de las zonas habitables en zonas comunes, y obtener así la licencia.

Algunos hoteles lo consiguieron, pero otros no, principalmente porque los excesos edificatorios son de tal calibre que tampoco encajan con el nuevo planeamiento y están obligados a derribar una gran parte de las edificaciones.

Al nuevo Plan General, que debía solucionar un problema urbanístico, le apareció otro. El Plan se aprobó sin que se hubiera incluido el informe preceptivo de la Dirección General de Costas, y esa carencia hizo que el Ministerio para la Transición Ecológica lo recurriera y que los tribunales le dieran la razón.

La sentencia firme es de 2020, pero la nulidad, no obstante, no afecta a la totalidad del Plan General, sino tan solo a la parte que incide sobre el dominio público marítimo terrestre y sus zonas de servidumbre. No obstante, Costas entiende que puede afectar también a la zona de influencia, que se extiende hasta 500 metros hacia dentro.

Este pasado mes de junio, la directora general de la Costa y el Mar, Ana María Oñoro, emitió un informe cuya conclusión es que no puede informar de forma favorable el PGO hasta que no se tengan en cuenta las consideraciones que ella misma hace. Por otra parte, tampoco se anula todo el procedimiento, sino que se permite retrotraer las actuaciones hasta el momento anterior a cuando se debía haber emitido el informe.

¿Y qué tiene que hacer Yaiza para poder cumplir? La sentencia afecta al dominio público marítimo terrestre (de los mojones hacia el mar) y a sus zonas de servidumbre: de tránsito (los seis primeros metros) y de protección, que puede ser de 20 metros para las zonas urbanas consolidadas antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas de 1988 o de 100 para las que no lo eran. Hay que añadir la zona influencia de 500 metros, que también podría estar afectada, según el criterio del Gobierno.

La duda está en saber si las zonas consolidadas lo estaban realmente antes de 1988, con sus planes adaptados, y, por otro lado, si la sentencia afecta solo a los suelos no desarrollados (no construidos) o a todos. En este último caso, el problema afectaría a toda la línea de costa de Playa Blanca, además de a los núcleos de El Golfo y Playa Quemada. Yaiza tiene aprobados 14 expedientes de deslindes, el primero de ellos de 1985, entre el barranco de las Pilas y la urbanización Cortijo Viejo, y el último, de 2009, entre El Golfo y Punta Peña Dorada.

Según señala el informe, al que ha tenido acceso Diario de Lanzarote, en los deslindes no adaptados “deberá solicitarse a la Demarcación de Costas de Canarias la línea probable del deslinde para poder valorar la ordenación propuesta por el Plan General en las zonas afectadas por la normativa de Costas”. Para Costas, todo está afectado.

Costas fija una servidumbre de 100 metros en todo el litoral de Playa Blanca

El informe considera que debe corregirse lo que indican las fichas de las áreas de ordenación sobre la servidumbre de protección de 20 metros de anchura “respecto a los tramos de los sectores de Castillo del Águila, Montaña Roja, Puerto Calero, San Marcial del Rubicón, Las Coloradas y Costa Papagayo”, es decir, todo el litoral, “debiendo reflejarse la servidumbre de protección de 100 metros de anchura en los deslindes no adaptados a la Ley de Costas, ya que es la Administración del Estado a través de la incoación del deslinde, y nunca un instrumento de planeamiento, la que tiene la potestad para establecer los bienes de dominio público marítimoterrestre y su servidumbre de protección”.

“Asimismo, se observa que existen edificaciones en servidumbre de protección con fecha de construcción muy posterior al año 1988, por lo que deberá acreditarse la legalidad de su construcción, recordando que ante una infracción de la normativa de Costas, se establece la obligación de restitución de las cosas y reposición a su estado anterior”, añade el informe. Por otra parte, quien tiene las competencias para perseguir y sancionar esas edificaciones es la propia Dirección General de Costas.

Indemnizaciones

El Plan General lo asume el Ayuntamiento, pero quien lo redacta y lo aprueba de forma definitiva es el Gobierno de Canarias. Recientemente, el Gobierno tomó un acuerdo en la Comisión de Informe Único, que sustituye en parte a la Cotmac, para ejecutar la sentencia sobre el Plan. Ahora hay que ver cómo se continúa con la tramitación del planeamiento.

El Gobierno ya se reunió con Yaiza y con el equipo redactor, y tiene que adoptar un criterio para reunirse en breve con Costas e intentar acercar posturas y ver si se ponen de acuerdo en las parcelas que se verían afectadas por la sentencia.

Fuentes del Gobierno regional señalan que el informe es claro, aunque se discrepa: la servidumbre es de 100 metros en toda Playa Blanca porque no hay un deslinde posterior a la Ley de Costas y se aplica el artículo 23 de dicha ley –el que regula la zona de servidumbre de protección- en relación con las disposiciones transitorias que regulan los planes parciales.

No obstante, la mayoría de los planes parciales se ejecutaron bajo los criterios de la Ley de Costas, con informes favorables no solo de la Oficina del Plan Insular del Cabildo, sino también de la propia Demarcación de Costas. Así que la mayor parte de lo edificado estaría ya consolidado.

El problema no es sencillo. En la actualidad, incluso hay un hotel en construcción –el de los hermanos Domínguez, en las inmediaciones del puerto Marina Rubicón- que se ejecuta en base a una servidumbre de 20 metros y no de 100, y que pospuso su ejecución para respetar la moratoria de Lanzarote e incluso esperó a que se aprobara el nuevo Plan General de Yaiza. Con el criterio de Costas también se vería afectada parcialmente la zona comercial de este edificio.

El criterio inicial del Gobierno de Canarias sería el de analizar urbanización por urbanización, caso por caso, y comprobar qué terrenos cumplirían las disposiciones transitorias de la Ley de Costas de 1988. Para los suelos no desarrollados, en muchos casos no edificados para cumplir con la moratoria y evitar problemas legales, podría suponer un agravio comparativo.

El Plan General no se puede aprobar de nuevo sin el acuerdo con Costas, pero podría no haber acuerdo y que, una vez más, la planificación de Yaiza, se quedara en una especie de limbo jurídico. Las posibles correcciones, si el asunto se encauza, se incorporarían a un nuevo documento que debería volver a estar en exposición pública y donde se podrían incluir alegaciones.

Por otro lado, si Costas decidiera mantener esos 100 metros de servidumbre generará pleitos con los propietarios y posibles indemnizaciones millonarias que, en cualquier caso, serían responsabilidad del Ministerio, no del Gobierno autonómico.

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