TRIBUNALES

El TSJC tarda dos años y medio en rechazar una recusación del caso Jable y ahora el tribunal se abstiene de juzgarlo

En el caso Jable están acusadas 13 personas por el presunto amaño del concurso de basura en Arrecife, la construcción del pabellón de deportes de Argana y el pago de comisiones

Felipe Fernández Camero entrando en los Juzgados de Arrecife.
Saúl García 0 COMENTARIOS 28/05/2020 - 22:08

El caso Jable no tiene quien le juzgue. Después de dos años y medio de parón producido por la recusación a los tres miembros del tribunal que lo iba a juzgar, los magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, se resolvió esa recusación. Los había recusado uno de los principales acusados del caso, el ex secretario de Arrecife, Felipe Fernández Camero, que la presentó en octubre de 2017.

Camero alegaba que los magistrados Pilar Parejo, Nicolás Acosta y Pilar Verástegui no podían garantizar su independencia judicial porque habían resuelto apelaciones en seis ocasiones en alguna de las piezas relacionadas con este caso.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias formó una sala especial para decidir sobre este expediente gubernativo de recusación, presidida por Antonio Doreste y formada por otros cinco magistrados y magistradas más, con Humberto Guadalupe como ponente.

La Sala decidió rechazar la recusación. “Los miembros recusados se limitaron a efectuar un control de legalidad validando las razones expuestas en la resolución judicial recurrida sobre aspectos materiales y procesales sin entrar en la actividad propia de instrucción e investigación y limitándose a confirmar las relaciones expuestas por el tribunal sin inmiscuirse en la instrucción o tomas de postura acerca de su culpabilidad y remitiendo la mayoría de las cuestiones la juicio oral”, concluye.

De las seis resoluciones señaladas por Camero, la primera era de 2014 y se limitaba a fijar día y hora para la subsanación de unos autos sin firma que “nada tienen que ver con el fondo del asunto”. La segunda confirmaba la providencia que acordó subsanar esas resoluciones. La tercera confirmó la providencia que denegó la solicitud del recusante de que se practicara una pericial que se consideró innecesaria porque ya se había practicado “y en nada afectaba a la imparcialidad de los juzgadores”.

Camero también apuntaba al auto de mayo de 2017 para continuar con los trámites del procedimiento abreviado porque estaba falto de motivación y a otra resolución que se limitaba a comprobar la racionalidad de la argumentación y la corrección legal de la decisión del juez instructor.

El ex secretario del Ayuntamiento de Arrecife, Felipe Fernández Camero, para el que la Fiscalía pide 19 años de cárcel, trató de recusar al tribunal que debía juzgar el caso

Tras esta resolución, dictada en febrero pero que no había trascendido, parecía que el camino estaba libre para que se juzgara la última de las piezas del caso Unión, que es una de las principales, pero una sentencia del mes de abril volvía a cambiar las cosas.

La sección segunda de la Audiencia absolvía el mes pasado al ex gerente de Urbaser en Arrecife, Jacinto Álvarez, y a otros siete acusados y decidía apartarse del caso Jable ya que los hechos enjuiciados están íntimamente relacionados con los que se juzgan en este caso.

El procedimiento en el que fue absuelto Álvarez se inició por una querella de la propia empresa Urbaser que acusaba a su ex gerente de haber producido un quebranto de 400.000 euros por compras o servicios no autorizados. La sentencia determina que la empresa conocía y consentía esos gastos y que pudo contribuir a su comisión. En la resolución de la Sala de febrero se considera contaminante la intervención en juicios precedentes.

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias deberá validar esa abstención, y en caso de que así sea, formar otro tribunal para juzgar el caso y fijar las fechas de la vista oral. En esta resolución, la Sala recuerda la doctrina del Tribunal Supremo, que es que no constituye suficiente garantía de imparcialidad que una Audiencia haya resuelto recursos de apelación durante una instrucción si se ejerce el control de legalidad o se validan las razones expuestas en la resolución judicial recurrida pues su juicio no entra en la actividad propia de instrucción o investigación.

Diez años desde las detenciones

Las primeras detenciones del caso Jable se produjeron en 2010, como una pieza separada del caso Unión. La instrucción finalizó en 2016 y la Fiscalía calificó en enero de 2017, mientras que en junio de ese año se conformó el auto de apertura de juicio oral.

En septiembre de 2019 la Fiscalía Anticorrupción señaló el retraso como “indeseable” y solicitó un impulso procesal para agilizar el procedimiento ya que “se ha hecho un esfuerzo por parte del órgano instructor por concluir con prontitud una compleja instrucción”.

En el caso Jable están acusadas 13 personas. De ellas, cinco son directivos de Urbaser, por el presunto amaño del concurso de la limpieza y la basura en el Ayuntamiento de Arrecife, y dos de FCC, por la construcción del pabellón de deportes de Argana y el pago de comisiones.

También están acusados los administradores de una sociedad relacionada con la obra de ese pabellón, además de la ex alcaldesa Isabel Déniz, Dimas Martín, el ex jefe de la oficina Rafael Arrocha y el ex secretario Fernández Camero.

La Fiscalía Anticorrupción pide 13 años de cárcel para Dimas Martín e Isabel Déniz por delitos de asociación ilícita, prevaricación y cohecho de manera continuada. Fernández Camero y Arrocha se enfrentan a penas de hasta 19 años y seis meses de cárcel y 11 años y seis meses, respectivamente.

Según Anticorrupción, Dimas Martín e Isabel Déniz, junto a Rafael Arrocha y al ex secretario municipal Fernández Camero recibieron al menos 757.000 en sobornos en metálico y en regalos de las empresa Tecmed, que después pasó a ser Urbaser, y 46.674 euros de FCC, que fueron adjudicatarias de servicios y obras de manera irregular.

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