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La Justicia declara nulas las dos licencias para las obras de las torres del Canódromo

El Juzgado da la razón a los ecologistas, en el sentido de que argumenta que sigue sin justificarse el motivo del incremento de la edificabilidad concedido a esa zona 

EFE 0 COMENTARIOS 20/07/2021 - 15:55

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Las Palmas de Gran Canaria ha declarado nulas las dos licencias concedidas por el Ayuntamiento de la capital grancanaria para la construcción de las torres del Canódromo, de 14 plantas de altura, tras estimar el recurso presentado por la Federación Ben Magec-Ecologistas en Acción.

Según la sentencia hecha pública este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, el Plan General de Ordenación Urbana de 2005, que también fue recurrido por los ecologistas, contiene los mismos "defectos" que condujeron a la nulidad del anterior de 2000 en lo que se refiere a la ordenación de El Canódromo.

El Juzgado da la razón a los ecologistas, en el sentido de que argumenta que sigue sin justificarse el motivo del incremento de la edificabilidad concedido a esa zona de la ciudad, que la "tenía agotada, sin que la remisión al Plan Especial de 2003 logre salvar tal obstáculo".

Ben Magec recurrió la desestimación por silencio administrativo del anterior recurso de reposición que presentó el 17 de septiembre de 2019 ante el Ayuntamiento contra la licencia de obras concedida a la empresa Realia Business SA para la construcción de las 120 viviendas de las conocidas como Torres del Canódromo.

En su recurso se oponía también a todas las disposiciones administrativas que dieran cobertura a la licencia, que se otorgó el 22 de noviembre de 2006 y su prórroga el 5 de noviembre de 2008, por considerar contrarios a derecho el Plan General de Ordenación Urbana del año 2000, el Plan Especial de 2003 y el PGOU de 2005, a cuyo amparo fueron otorgados y se ejecutan los permisos de construcción, por lo que pedía su nulidad.

El Juzgado ha desestimado las causas de inadmisibilidad presentadas por el Ayuntamiento, la Comunidad Autónoma y Realia, a los que condena a pagar las costas del proceso.

Y al estudiar los argumentos de los ecologistas, ha encontrado bastantes razones para anular las licencias en su recurso indirecto contra los planes que les dan cobertura, sin necesidad de analizar el resto de defectos que se achacaban a los permisos.

Ante esta sentencia cabe recurso de apelación, que deberá resolver el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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