FUERTEVENTURA

El Origo Mare, acorralado: la Fiscalía pide 30 años de cárcel por el hotel

Nueve acusados se encaminan al banquillo por un delito contra la ordenación del territorio y se solicita anular el permiso urbanístico, 82 años de inhabilitación y 446.000 euros de multa

M. Riveiro 1 COMENTARIOS 05/10/2021 - 05:51

La Justicia acorrala a Origo Mare, la polémica urbanización declarada ilegal por los tribunales, que destruyó un hábitat protegido por la legislación comunitaria y por la que la Unión Europea ha expedientado a España.

El Juzgado ha declarado abierto el juicio oral contra los dos técnicos del Ayuntamiento de La Oliva que informaron de forma favorable la licencia de obras para adaptar villas y convertirlas en hotel de cinco estrellas y los siete políticos que, en el año 2012, otorgaron la autorización.

La Fiscalía ha solicitado penas que suman 30 años de cárcel, otros 82 años de inhabilitación, la anulación de la licencia de obras del hotel Origo Mare y una multa de 446.400 euros. La Audiencia Provincial ya ha rechazado también el recurso de los acusados contra el auto que transformó la causa en procedimiento abreviado, dando por concluida la fase de instrucción, y la investigación en el ámbito penal sobre la urbanización Origo Mare se encamina hacia la celebración del juicio.

En el banquillo de los acusados se sentarían los siete miembros de la Junta de Gobierno que dio la licencia (Claudina Morales, Marcelino Umpiérrez, Miguel Van Daele, Genaro Saavedra, Iballa Martínez, Francisco Javier Hernández y María Ángeles Figueroa), el jurista del Ayuntamiento de La Oliva, Óscar Darias, y el arquitecto, Gonzalo María Tortajada.

A los nueve acusados se les imputa un delito contra la ordenación del territorio, de forma continuada en el caso del arquitecto municipal, por vulnerar la legislación canaria del suelo, el Plan Insular de Ordenación de Fuerteventura (PIOF), la normativa de actividades clasificadas, las Directrices de ordenación del territorio y del turismo de Canarias y la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental.

 Los siete políticos que el 11 de junio de 2012 concedieron la licencia de obras se enfrentan, cada uno, a una pena de tres años y tres meses de prisión, la inhabilitación para cualquier empleo o cargo público en la administración local e insular durante ocho años y una multa de 48.000 euros, que se puede convertir en más días de prisión en el caso de impago. El único en activo es Marcelino Umpiérrez, actual concejal de Turismo de La Oliva por Gana Fuerteventura, el partido cuyo rostro visible en las últimas elecciones fue Domingo González Arroyo.

El letrado municipal se enfrenta a una solicitud de tres años y nueve meses de prisión, inhabilitación para el asesoramiento o asistencia jurídica en cualquier institución pública durante nueve años y multa de 52.800 euros. Por último, la Fiscalía solicita para Gonzalo María Tortajada una condena de tres años y nueve meses de cárcel, la inhabilitación para el asesoramiento en la administración pública y para el ejercicio de la profesión de arquitecto durante 10 años, además de una multa de 57.600 euros.

“Ilegalidad” de las obras

La fiscal Clara Serrano, especializada en delitos contra el Medio Ambiente, destaca en el escrito de acusación que los acusados “emitieron sus informes y cada uno de los miembros de la Junta de Gobierno Local votó a favor de la concesión de la licencia con conocimiento claro y evidente de la ilegalidad que tales obras suponían, al contravenir de forma manifiesta la normativa urbanística y de ordenación territorial, por cuanto el PIOF de Fuerteventura –aprobado en 2001- asignaba a tales terrenos la clasificación de rústico especialmente protegido y suelo rústico protegido”.

Esto significa, añade la fiscal, que no se admitía en los terrenos “la construcción de hoteles”. En todo caso, agrega la Fiscalía, “el suelo carecía de ordenación pormenorizada que estableciese los parámetros urbanísticos”. El plan parcial Casas de Majanicho había sido anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en octubre de 2006, a raíz de una demanda del colectivo ecologista Agonane, y el Tribunal Supremo había ratificado la sentencia en febrero de 2011, más de un año antes de la concesión del permiso de obras.

La Fiscalía afirma que no se admitía en los terrenos “la construcción de hoteles”

El permiso urbanístico concedido por la Junta de Gobierno que presidía la entonces alcaldesa Claudina Morales, y que estaba compuesta por concejales de CC y PP, se movía en la ambigüedad: se denominó “licencia de obras provisional para la adaptación de villas a hotel de cinco estrellas” y se especificó que solo podrían autorizarse “usos y obras de nueva implantación de carácter provisional y realizadas con materiales fácilmente desmontables”. No fue lo que sucedió.

“Evidentemente”, señala la Fiscalía, “en ningún caso se trataba de obras provisionales, sino de la ejecución, partiendo de una serie de viviendas, de un complejo hotelero de gran lujo”, con un presupuesto de más de dos millones de euros, que afectaba a más de 250.000 metros cuadrados de suelo y que “exigía obras y actuaciones que suponían una transformación profunda del entorno”.

En ese sentido, destaca la construcción de nuevos edificios y piscinas, “que ni tenían carácter provisional ni podían llevarse a cabo con elementos fácilmente desmontables”. De hecho, se llevó a cabo la transformación de villas en unidades alojativas hoteleras, lo que afectó a casi 17.500 metros cuadrados de terrenos.

Se adaptó también un edificio con una superficie de 2.000 metros para supermercado, lavandería, almacén, consulta médica, restaurante, bar, locales de ocio, una peluquería o un gimnasio. Lo más grave es que se llegaron a levantar dos edificios de “nueva construcción”, uno de ellos de más de 2.000 metros de superficie, para la recepción del hotel, y otro, denominado Beach Club, de más de 135 metros cuadrados, ejecutándose además tres piscinas que suman 1.320 metros de superficie. Además, se ejecutaron zonas deportivas y un conjunto de cinco piscinas de 1.000 metros cuadrados.

El Ministerio Fiscal resalta que también se omitió “de forma deliberada y consciente todo posible examen sobre el impacto ambiental que la ejecución del hotel podía suponer al entorno y, en particular, a la Red Natura 2000” de la Unión Europea. Desde octubre de 2006 se había aprobado la Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) Costa del Norte de Fuerteventura, que resultó afectada por la urbanización Origo Mare.

Así lo reconoce ahora el Gobierno de Canarias, que tramita una evaluación de impacto ambiental para Origo Mare, a posteriori, para establecer medidas compensatorias por el daño ocasionado al territorio y esquivar el expediente sancionador abierto por la Unión Europea.

Polémicos informes

Para que saliese adelante el Hotel Origo Mare, cuando ya se había anulado por el Tribunal Supremo el plan parcial de la urbanización, fueron claves los informes del arquitecto del Ayuntamiento de La Oliva. Tortajada emitió un dictamen favorable pese a la clasificación del suelo como rústico protegido y especialmente protegido, como establece el Plan Insular.

Para ello, sostuvo que los terrenos mantenían, en las Normas Subsidiarias de La Oliva, la clasificación de suelo apto para urbanizar, y que en construcciones fuera de ordenación se admitían obras provisionales fácilmente desmontables.

El informe jurídico de Darias “partía de los mismos parámetros”. “En ninguno de los informes”, incide la Fiscalía, “se hizo referencia a la necesidad de evaluación de impacto ambiental pese a que se trataba de la construcción de un complejo hotelero” que estaba situado “dentro de la Red Natura 2000”.

En diciembre de 2014, el arquitecto de La Oliva también informó de forma favorable la solicitud de permiso de primera ocupación instado por la empresa promotora, Nombredo SL.

La Fiscalía destaca que Tortajada llegó a sostener que las modificaciones llevadas a cabo en la ejecución de las obras, con piscinas no previstas, la ampliación de la parcela del Beach Club y un campo de golf “no afectaban sustancialmente a la licencia otorgada”.

Para el Ministerio Fiscal, el técnico actuó “con pleno conocimiento de que las obras ejecutadas suponían una infracción terminante, clara y manifiesta de la normativa de ordenación del territorio y medio ambiente aplicable”.

La Audiencia ratifica la investigación

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial, en un auto al que ha tenido acceso Diario de Fuerteventura, rechaza los recursos de los acusados y avala la instrucción que se inició en 2016 y que se ha llevado a cabo por el Juzgado número dos de Puerto del Rosario, que ya ha declarado la apertura de juicio oral, y la Fiscalía.

La Audiencia niega que se haya producido la “indefensión” de los acusados durante la instrucción de la causa y destaca que lo que se les imputa “ha estado claro desde el principio del procedimiento y por ello han sido interrogados”.

Los acusados han llegado a alegar que el suelo que el PIOF establece como rústico no lo es, que la sentencia que anula el plan parcial Casas de Majanicho “no impide ni prohíbe una actuación en la zona ni la condiciona” y que en todo caso los informes técnicos y jurídicos que avalaron el hotel debían discutirse “en vía administrativa y no ante la jurisdicción penal”.

La Audiencia replica que “la realidad es que estamos ante un caso en el que se trataba de dar licencia urbanística para la construcción de un hotel de lujo” que ocuparía parcialmente “suelo de la Zona Especial de Protección de Aves” y “amparado en un plan parcial que había sido declarado nulo”.

Aunque los acusados afirman que “esta conclusión es errónea”, la Audiencia destaca que, “sin embargo, existen indicios de lo contrario”. Los hechos investigados en el Juzgado, “que se desprenden de la documentación existente en la causa, exceden de meras cuestiones administrativas y pueden llegar a ser constitutivas de un presunto delito contra la ordenación del territorio”, zanja la Audiencia.

CRONOLOGÍA CLAVE

2000. Todo arranca en diciembre de este año, cuando el pleno de La Oliva aprueba el plan parcial Casas de Majanicho. En 2001 se publica la normativa del plan parcial y en 2002 se dan tres licencias para construir un total de 748 viviendas y una zona comercial.

2006. En octubre, el TSJC declara la nulidad de pleno derecho del plan parcial porque las Normas Subsidiarias de La Oliva no estaban publicadas, por la violación de la participación pública y porque la evaluación ambiental que se hizo era insuficiente y carente de base científica. El Supremo lo confirmó en febrero de 2011.

2011. Doce días antes de la sentencia del Supremo, el promotor pide licencia de obras y cambio de uso para adaptar las villas a hotel. En junio de 2012, la Junta de Gobierno de La Oliva concede la licencia del hotel, que ahora se enfrenta a su anulación, con la petición de la Fiscalía de que se declare también ilegal.

Comentarios

por robar una bicicleta te sentencian a mas, estos ilustrisimos jueces, no me extraña que la corrupcion galope....

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